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Personal Rural

OSPRERA

* Afiliaciones

- Todo trabajador rural que se afilie a la OSPRERA deberá presentar la Solicitud de Afiliación –Form. 83 M obligatoriamente.
- Este formulario puede ser impreso tecleando sobre el nombre del mismo. Este formulario deberá ser confeccionado por triplicado, consignándose además de los datos del titular, los datos de su grupo familiar, los datos de otros familiares a cargo si los tuviera, debiendo constar además la firma del titular y datos del empleador.
- La solicitud de afiliación deberá ser presentada ante la Dependencia de OSPRERA correspondiente al domicilio del trabajador. La cual recibirá la solicitud de afiliación por triplicado y devolverá el duplicado sellado y firmado.

 

* Documentación Respaldatoria que debe acompañar a la ficha de Afiliación (Form. 83-M-2)

Del Titular

· Fotocopias de Documento de Identidad

· Fotocopias de Recibo de sueldo

 

Del Grupo Familiar Primario

Esposa:
· Fotocopia de Documento de identidad

· Fotocopia de Acta de Matrimonio

Hijos:
· Fotocopia de Documento de identidad

· Fotocopia de Certificado de Nacimiento

Concubina/o:
· Fotocopia de Documento de identidad

· Fotocopia de Información Sumaria del Titular ante autoridad judicial competente, en la cual manifieste tener a su cargo a la persona que se desea incorporar. De ser concubina deberá constar el tiempo de relación concubinaria, con la presencia de dos (2) testigos

 

· Declaraciones Juradas de OSPRERA

Ascendientes
Requisitos:
· Ser mayor de 60 años ó en su defecto, encontrarse incapacitada/o para trabajar

Documentación:
· Fotocopia de Documento de identidad

· Fotocopia de Certificado de Nacimiento del/a titular

· Fotocopia de Información Sumaria del Titular ante autoridad judicial competente, en la cual manifieste tener a su cargo a la persona que se desea incorporar y que la misma no posee jubilación, pensión ni cobertura de otra O.S., con la presencia de dos (2) testigos.

 

 * Declaraciones Juradas de OSPRERA

Menores En Guarda

· Fotocopia de Documento de identidad

· Fotocopia de Certificado de Nacimiento

· Fotocopia de Testimonio de Sentencia que otorga la Guarda Legal ó constancia de la autoridad de minoridad competente, Juez de Menores, a favor del afiliado titular.



* Traspasos

- Pueden ejercer el derecho de opción de cambio los trabajadores en relación de dependencia del ámbito privado. La opción de cambio puede ser ejercida por el titular únicamente entre las Obras Sociales Sindicales, comprendidos en el Art. 1º de la Ley Nº 23.660. Una vez ejercida la opción de cambio la cobertura que debe brindar la nueva Obra Social comienza el primer día del tercer mes posterior a la presentación de la solicitud de opción tomando la fecha del formulario.

Ejemplo: si la fecha de presentación es del 15 de Junio, se considera mes completo, la cobertura comenzara el 1º de Septiembre.

- La opción de cambio debe ser efectuada por el trabajador ante la Obra Social elegida en forma personal. La documentación a presentar para efectuar la opción de cambio es la siguiente:

•  Formulario por triplicado provisto por la S.S.S.

•  Copia del documento nacional de identidad

•  Copia del o los recibos de sueldos

Los requisitos para ejercer la opción de cambio son los siguientes:

•  Si no hubiera una opción anterior puede ejercerla en cualquiera oportunidad.

•  Si mediare una opción ya efectuada debe acreditar mas de un año de antigüedad en la Obra Social.
•  Si mediare una opción y en el transcurso cambiará de empleador, podrá ejercer una nueva opción en el término de los treinta días de percibido sus haberes.

•  La remuneración mensual será superior los tres (3) MOPRES.

•  Poseer Nº de CUIL.

La cumplimentacion del formulario de opción se realizara en la Delegación Regional, Provincial Zonal o Agencia de la OSPRERA o en la Boca de Expendio habilitada a esos fines. Deberá, también, cumplimentar el formulario de afiliación Form. Nº 83-M con los requisitos que se establecen en la norma vigente. Este formulario puede ser impreso tecleando sobre el nombre del mismo.

- En el supuesto que el trabajador no haya cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Nº 504/98, la S.S.S. podrá rechazar la opción de cambio, comunicándolo oportunamente a la Obra Social elegida.

Formulario de Traspaso:

- El afiliado efectuara él trámite de traspaso en la dependencia de OSPRERA más próxima a su domicilio, cumplimentando el formulario oficial de la Superintendencia de Servicios de Salud, el que será suministrado en la Boca de Expendio por personal de esta entidad.

 

* Acceso a la cobertura

- Para acceder a la cobertura de la OSPRERA el beneficiario debe concurrir a la Boca de Expendio más cercana a su domicilio, muñido de la credencial y acreditar con documento.

 

Fuente: OSPRERA

05/12/2009

 
 
 
 


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