* Ley 26.574
- Modifícase el artículo 12 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976).
- Sancionada: Diciembre 2 de 2009
- Promulgada de Hecho: Diciembre 22 de 2009
- El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Modifícase el texto del artículo 12 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) — Ley de Contrato de Trabajo—, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 12: Irrenunciabilidad. Será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta ley, los estatutos profesionales, las convenciones colectivas o los contratos individuales de trabajo, ya sea al tiempo de su celebración o de su ejecución, o del ejercicio de derechos provenientes de su extinción.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Buenos Aires, 29 de diciembre de 2009