* RESOLUCION GENERAL N° 2.711. ADUANAS. IMPORTADORES Y EXPORTADORES. GESTIÓN DE AUTORIZACIONES ELECTRÓNICAS.
- Mediante la publicación de la Resolución General N° 2.711 (B.O. 25/11/2009), se establece que:
1) Los fideicomisos regidos por la Ley N° 24.441 y sus modificaciones, las uniones transitorias de empresas, los consorcios de cooperación y demás contratos asociativos no societarios comprendidos en las disposiciones de la Resolución General N° 2.551, deberán autorizar al fiduciario y al representante -respectivamente- para realizar actos o gestiones en su representación ante este Organismo mediante la utilización de la herramienta informática "Gestión de Autorizaciones Electrónicas" en los términos de las Resoluciones Generales Nros. 2.449 y 2.572.
2) Para formalizar electrónicamente los actos de otorgamiento y aceptación de autorizaciones es necesario que la persona a autorizar haya cumplido en forma previa con el requisito de registro digital de firma, foto y huella dactilar, así como el escaneo de documento que acredite su identidad.
3) El incumplimiento a lo dispuesto implicará la inhabilitación automática para operar, hasta tanto se regularice la situación.
4) El plazo límite para cumplir con lo indicado es el 1° de diciembre de 2009.
Fuente: AFIP
25/11/2009