Reempadronamiento de Controladores en Impresoras Fiscales, hasta el 16 de octubre de 2009
Mediante la RG 2676, se establece un reempadronamiento obligatorio de los Controladores Fiscales habilitados, con vencimiento el 16/10/2009.
El incumplimiento del reempadronamiento implicará la inhabilitación de los equipos instalados, a partir del 17/10/2009.
Asimismo, se sistematiza el procedimiento para la habilitación de controladores fiscales y para la modificación de datos, eliminándose la utilización del Formulario N° 445/E
Alta de controladores fiscales
Para comunicar el alta de controladores e impresoras fiscales, se deberá seguir el siguiente procedimiento:
1.- Ingresar a la página Web de la AFIP, con Clave Fiscal, al servicio "Gestión de Controladores Fiscales", opción "Contribuyente".
2.- Completar los datos requeridos por el servicio:
- Datos del Equipo: Código de Controlador, Número de Serie, Si se trata de un equipo nuevo o usado, Si el equipo es propio o de un tercero (en este último caso deberá informar la CUIT)
- Datos del Vendedor: CUIT y Fecha de Entrega (no se completarán si el equipo es usado)
- Datos del Inicializador: CUIT del servicio técnico, CUIT del técnico autorizado y fecha de inicialización
- Para impresoras fiscales: CUIT del Profesional de sistemas
- Ubicación del Controlador Fiscal: Cód. de Punto de Venta, Código Postal, Provincia, Localidad, Calle, Número, Piso, Oficina/Depto.
- Si se marcó "Equipo Usado": Número verificador del 445/D (Baja del Controlador por el propietario anterior)
3.- Para la habilitación de impresoras fiscales el profesional en sistemas, éste deberá Ingresar a la página Web de la AFIP, con Clave Fiscal, al servicio "Gestión de Controladores Fiscales" opción "Profesional en Sistemas" a fin de declarar que el programa de aplicación está adaptado para la emisión de comprobantes y que el sistema de facturación solo permite la emisión de comprobantes fiscales por el "Controlador Fiscal" denunciado.
4.- Imprimir la constancia de alta del controlador fiscal, el contribuyente deberá volver a ingresar a la página Web de la AFIP, con Clave Fiscal, al servicio "Gestión de Controladores Fiscales", para proceder a imprimir la Constancia de Alta del Controlador para proceder a su fijación -en forma visible- en el equipo o junto al lugar de emplazamiento.
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Fuente: AFIP