Deudas que pueden incluirse
Mis Facilidades es el servicio de la AFIP que ofrece la posibilidad de obtener planes de pago permanentes para las obligaciones impositivas de los contribuyentes.
- Al no ser una moratoria, el organismo cobrará tasas de interés por dicha financiación, que va a variar de acuerdo al tipo de deuda y que se inicia en el 1% mensual (12% TNA).
- Podrá incluir obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y multas impuestas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero por tributos a la importación o exportación, así como sus intereses, actualizaciones y multas.
- También quedan alcanzadas por el régimen dispuesto por la presente, las siguientes deudas:
- Los saldos pendientes por obligaciones incluidas en:
- El régimen de asistencia financiera (RAF)
- El régimen de asistencia financiera ampliada (RAFA)
- El régimen de asistencia financiera ampliada (RAFA) extendido
- Los aportes personales de los trabajadores autónomos
- Los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia.
- El impuesto integrado y los aportes y contribuciones de la seguridad social correspondientes a los monotributistas
- Deudas del Régimen Especial de Regularización (SICAM) siempre que haya caducado.
- Los ajustes resultantes de la actividad fiscalizadora de la Administración Federal
- Las obligaciones fiscales, intereses y multas que se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial.
- Las retenciones y percepciones impositivas respecto de las que no se haya iniciado un procedimiento de fiscalización y registren una antigüedad superior a 12 meses al momento de adhesión al plan de facilidades.
- El impuesto que recae sobre las erogaciones no documentadas.
- Los intereses y demás accesorios adeudados correspondientes a las retenciones y percepciones y anticipos, que se hayan cancelado hasta la fecha de adhesión al plan.
- Las correspondientes a contribuyentes cuya condición sea de no inscripto
- Las deudas en ejecución judicial, en tanto el demandado se allane incondicionalmente y asuma el pago de las costas y gastos causídicos.
Fuente: Financial Red