- La AFIP acaba de sacar un nuevo régimen de información para la Compra-Venta de Automotores usados. Se trata del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA)
- El nuevo Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) reemplaza al viejo Formulario F.381, que se hacía en papel, por otro digitalizado que se generará a través de la Clave Fiscal o a través del Centro de Atención Telefónica de la AFIP.
- Así, antes de concretar una operación, el titular del vehículo deberá generar el CETA ingresando los siguientes datos:
- Dominio del automotor
- Valor de transferencia
- Datos del adquirente
- Una vez ingresados los datos, se le dará un número de CETA que deberá ser consignado obligatoriamente en el tradicional Formulario 08 de transferencia del Registro de Propiedad Automotor.
- En caso de venderse a través de concesionarias, los titulares de las mismas estarán obligados a generar el CETA a través del Registro de Operaciones de Compraventa de Automóviles y Motovehículos Usados, liberando al titular del coche de la obligación de generar su propio CETA
Fuente: Financial Red
04/12/2009