* Deducciones Personales y Cargas de Familia 2010 / 2011
- El Impuesto a las Ganancias incluye una serie de deducciones, algunas generales, como todos los gastos necesarios para conseguir las ganancias gravadas, y otras particulares, como lo son las Deducciones Personales.
- Estas deducciones personales incluyen el Mínimo no Imponible, las cargas de familia y la deducción especial.
- El Mínimo No Imponible representa el importe que el contribuyente necesita para gastos personales y de esparcimiento. La suma asciende a $ 10.800.- anuales.
- Por su parte, las deducciones por cargas de familia solo pueden ser tomadas si el familiar a cargo no posee ingresos anuales mayores a $10.800.-. En caso de cónyuge, debe estar legalmente casado para que se pueda proceder a su deducción. Los hijos, por su parte, deben ser menores a 24 años o discapacitados.
Los montos de la deducción por carga de familia son:
- Cónyuge: $ 12.000.-
- Hijos: $ 6.000.-
- Nieto o Bisnieto: $ 4.500.-
- Padre, madre o abuelos: $ 4.500.-
- Hermanos: $ 4.500.-
- Suegro, yerno o nuera: $ 4.500.-
Por último, la Deducción especial le corresponde a los siguientes casos:
- Cuando el contribuyente realice el pago de aportes que como trabajador autónomo le corresponda ingresar, la deducción será de $ 10.800.-
- Cuando se trate de ganancias por el desempeño de cargos públicos. trabajo en relación de dependencia. jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie, el monto de la deducción ascenderá a $51.840.-
- También se elevó el importe tope a deducir, por el año 2010, por lo abonado a los trabajadores domésticos en concepto de contraprestación por sus servicios y los pagados para cancelar las contribuciones patronales para el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, cuyo límite máximo a considerar será de $ 10.800.
Fuente: Financial Red
19/11/2010