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Aportes Mensuales

* Trabajadores Autónomos y Empleados en Relación de Dependencia.

- A partir del 1 de Marzo de 2011 se modifican los aportes mensuales de los trabajadores autónomos. La modificación responde a la ley de movilidad jubilatoria.

- El monto de los aportes mensuales de los trabajadores autónomos y los topes mínimos y máximo para el cálculo de los aportes de los empleados al Sistema Integral Previsional Argentino.

- Las modificaciones responden a la ley de movilidad jubilatoria y también afectan el cálculo de las contribuciones patronales.
- Nuevos valores

 

* Trabajadores autónomos:

Importes vigentes a partir del período marzo/2011, con vencimiento en abril/2011.

Régimen General:

 

Grupos de Actividades

Categorías

Importe Mensual

Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo.

V

$ 1.002,15

IV

$ 728,84

III

$ 455,52

Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan locaciones o prestaciones de servicios

II

$ 318,86

I

$ 227,76

Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anteriores

II

$ 318,86

I

$ 227,76

Afiliaciones voluntarias

I

$ 227,76

Menores de 18 hasta 21 años

I

$ 227,76

Jubilados por la Ley 24.241

I

$ 192,17

Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la Ley 24.828

I

$ 78,29



* Actividades Penosas o Riesgosas:

 

Categorías

Importe mensual

I´ (I Prima)

$ 249,12

II´ (II Prima)

$ 348,75

III´ (III Prima)

$ 498,22

IV´ (IV Prima)

$ 797,17

V´ (V Prima)

$ 1.096,10




* Empleados en relación de dependencia:

- Los límites mínimos y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino aplicables al período devengado marzo son los siguientes:

Límite mínimo: $ 427,06

Límite máximo: $ 13.879,25

 

- Estos límites se aplicarán a los siguientes conceptos:

 

 

Categorías

Base Imponible Mínima

Base Imponible Máxima

Aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241.

$ 427,06

$ 13.879,25

Aportes al Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley Nº 19.032.

Aportes al Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660.

Aportes al Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661.

Cuotas Ley Riesgos del Trabajo, Ley Nº 24.557.

$ 427,06

$ 13.879.25

Contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241.

$ 427,06

Sin Límite Máximo

Contribuciones al Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley Nº 19.032.

Contribuciones al Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660.

Contribuciones al Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661.

Contribuciones al Fondo Nacional de Empleo, Ley N° 24.013.

Contribuciones al Régimen de Asignaciones Familiares, Ley N° 24.714.



Referencia Normativa: Resolución General N° 3.063 (B.O. 23/03/2011)

Más información: www.afip.gob.ar/autonomos

Fuente: AFIP

26/03/2011



 
 
 
 

 

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