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Aportes Mensuales
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* Trabajadores Autónomos y Empleados en Relación de Dependencia.
- A partir del 1 de Marzo de 2011 se modifican los aportes mensuales de los trabajadores autónomos. La modificación responde a la ley de movilidad jubilatoria.
- El monto de los aportes mensuales de los trabajadores autónomos y los topes mínimos y máximo para el cálculo de los aportes de los empleados al Sistema Integral Previsional Argentino.
- Las modificaciones responden a la ley de movilidad jubilatoria y también afectan el cálculo de las contribuciones patronales. - Nuevos valores
* Trabajadores autónomos:
Importes vigentes a partir del período marzo/2011, con vencimiento en abril/2011.
Régimen General:
Grupos de Actividades |
Categorías |
Importe Mensual |
Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo. |
V |
$ 1.002,15 |
IV |
$ 728,84 |
III |
$ 455,52 |
Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan locaciones o prestaciones de servicios |
II |
$ 318,86 |
I |
$ 227,76 |
Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anteriores |
II |
$ 318,86 |
I |
$ 227,76 |
Afiliaciones voluntarias |
I |
$ 227,76 |
Menores de 18 hasta 21 años |
I |
$ 227,76 |
Jubilados por la Ley 24.241 |
I |
$ 192,17 |
Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la Ley 24.828 |
I |
$ 78,29 |
* Actividades Penosas o Riesgosas:
Categorías |
Importe mensual |
I´ (I Prima) |
$ 249,12 |
II´ (II Prima) |
$ 348,75 |
III´ (III Prima) |
$ 498,22 |
IV´ (IV Prima) |
$ 797,17 |
V´ (V Prima) |
$ 1.096,10 |
* Empleados en relación de dependencia:
- Los límites mínimos y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino aplicables al período devengado marzo son los siguientes:
Límite mínimo: $ 427,06
Límite máximo: $ 13.879,25
- Estos límites se aplicarán a los siguientes conceptos:
Categorías |
Base Imponible Mínima |
Base Imponible Máxima |
Aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241. |
$ 427,06 |
$ 13.879,25 |
Aportes al Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley Nº 19.032. |
Aportes al Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660. |
Aportes al Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661. |
Cuotas Ley Riesgos del Trabajo, Ley Nº 24.557. |
$ 427,06 |
$ 13.879.25 |
Contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241. |
$ 427,06 |
Sin Límite Máximo |
Contribuciones al Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley Nº 19.032. |
Contribuciones al Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660. |
Contribuciones al Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661. |
Contribuciones al Fondo Nacional de Empleo, Ley N° 24.013. |
Contribuciones al Régimen de Asignaciones Familiares, Ley N° 24.714. |
Referencia Normativa: Resolución General N° 3.063 (B.O. 23/03/2011)
Más información: www.afip.gob.ar/autonomos
Fuente: AFIP
26/03/2011
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