* Personas Físicas Ganancias y Bienes Personales Periodo Fiscal 2009
- Se recuerda que la AFIP estableció los plazos para la presentación de las declaraciones juradas y pagos del Período Fiscal 2009 de los Impuestos a las Ganancias Personas Físicas y sobre los Bienes Personales mediante la Resolución General N° 2738, por lo cual en este mes de Abril comienzan los vencimientos para la presentación y/o pago de las declaraciones juradas para determinados sujetos.
- A continuación se detallan los sujetos obligados a presentar declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y/o del Impuesto sobre los Bienes Personales:
1.- Sujetos obligados a presentar la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias:
- Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto;
- Los empleados en relación de dependencia cuyas remuneraciones brutas, percibidas durante el año anterior, resulten iguales o superiores a $144.000;
- Los actores cuyos ingresos brutos percibidos a través de la Asociación Argentina de Actores durante el año anterior, resulten iguales o superiores a $144.000.
2.- Sujetos obligados a presentar la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales:
- Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto;
- Quienes al 31 de Diciembre del año anterior posean bienes que valuados según la normativa vigente- superen los $ 305.000;
- Los empleados en relación de dependencia cuyas remuneraciones brutas, percibidas durante el año anterior, resulten iguales o superiores a $96.000;
- Los actores cuyos ingresos brutos percibidos a través de la Asociación Argentina de Actores durante el año anterior, resulten iguales o superiores a $96.000.
- Podrá consultar las fechas de vencimiento establecidas para cada caso y más información sobre estas obligaciones, ingresando a las siguientes direcciones:
- Micrositio Ganancias y Bienes Personales Personas Físicas (www.afip.gob.ar/gananciasybienes)
Fuente: AFIP
08/04/2010