El régimen implementado desde el ministerio de Agricultura de la Nación incorpora a los municipios como agentes facilitadores, pero hay requisitos que cumplir.
- El régimen de devolución de retenciones a productores de trigo y maíz implementado por el ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación habilita para recuperar el 100% de las retenciones a las exportaciones a quienes hayan producido hasta 800 toneladas de trigo y 1.240 de maíz, hayan vendido o no el cereal, ya que el mismo puede estar almacenado en los silos de un acopiador.
- Para estar en condiciones de recibir dicha devolución el productor tiene que haber emitido un certificado de depósito 1116A, un documento que queda registrado en la AFIP y la ONCCA.
- Quedan afuera de este mecanismo aquellos productores que mantienen el cereal en su campo, ya que el Estado no tiene constancia alguna de su existencia física.
- Una vez que el productor deposita su cereal en los silos de una acopiador, automáticamente recibe el certificado 1116A, que posteriormente cancela a través de otros dos documentos: 1116B o 1116C.
- "Nosotros utilizamos la figura del municipio para instrumentar esta operatoria, básicamente por dos cosas: para evitar demoras, y para que el dinero llegue lo antes posible a los productores", sostuvo ayer en diálogo con este diario, Oscar Solís, subsecretario de Agricultura de la Nación.
- Los requisitos que debe cumplimentar un productor para hacerse acreedor a la devolución de las retenciones son los siguientes:
* Estar inscripto en el Registro Nacional de Operadores. (Muchos productores han sido dados de baja).
* Haber cumplido con el Censo Agropecuario. (Quienes no lo completaron pueden hacerlo a través de la página web del ministerio de Agricultura, y tramitar la entrega de un certificado).
* Completar las declaraciones juradas (023 y 028) que aparecen en la página web de la ONCCA.
* Obtener en alguna delegación de la AFIP un libre deuda impositivo extendido a su nombre.
- Solís también aclaró que si llegaran a aparecer complicaciones con la entrega de los certificados del censo agropecuario, su ministerio decidiría obviar ese trámite.
"En la eventualidad que esto se complique lo vamos a obviar, porque lo que queremos es llegar rápidamente con las devoluciones a partir de abril. Por eso vamos a comenzar con las provincias del norte", manifestó el funcionario.
- Con el certificado de libre deuda expedido por la AFIP el productor se hará acreedor a la devolución del 100% de las retenciones. A manera de ejemplo: sobre 800 toneladas de trigo, le corresponderían 38.600 dólares.
- En cambio, si existiera deuda pendiente con la AFIP, la liquidación contemplará la misma y se liquidará la diferencia.
- Dado que la devolución se dividirá en dos partes: un primer pago del 70% en forma inmediata y el 30% restante antes de diciembre de 2010, en el caso que el productor registre deuda impositiva con el Estado la primera liquidación se hará por el 100% y en el segundo tramo se le descontará la deuda pendiente.
- Las devoluciones de los importes retenidos --comprendería a unos 23.000 productores en todo el país-- se harían a través de transferencias bancarias, directamente a la cuenta de cada productor.
- "Nuestra idea es que los municipios sean una especie de agentes facilitadores que reúnan la documentación de cada productor y la hagan llegar al ministerio. Un equipo formado por gente del ministerio, la ONCCA y la AFIP va a validar el trámite y aprobar la devolución de los fondos", explicó Solís. Una vez recepcionado el trámite por parte del municipio, este deberá entregar una constancia al productor y tendrá diez días de plazo para enviar la carpeta al ministerio de Agricultura.
- El funcionario agregó que se desea "evitar que el trámite burocrático termine siendo una traba, como ha sucedido en otras oportunidades".
- En cuanto a los plazos de presentación, Solís aclaró que son 90 días hábiles desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la resolución conjunta del ministerio de Agricultura y el de Economía, el 1 de marzo último.
-La cifra involucrada en toda la operatoria podría rondar los 180 millones de dólares, según adelantó el funcionario.
- El monto de la devolución será de 187 pesos por tonelada de trigo declarada para la campaña 2009/2010, para quienes produzcan hasta 800 toneladas anuales.
Fuente: Agrositio
23/04/2010