Agrocreativo voltar ao início Sobre Nós Clientes Descargas Links Blog Contato

 


Deprecated: Function eregi() is deprecated in /home/agro/public_html/novedades/show_news.php on line 25

Deprecated: preg_replace(): The /e modifier is deprecated, use preg_replace_callback instead in /home/agro/public_html/novedades/inc/functions.inc.php on line 726

Deprecated: preg_replace(): The /e modifier is deprecated, use preg_replace_callback instead in /home/agro/public_html/novedades/inc/functions.inc.php on line 726
 
Retenciones

El régimen implementado desde el ministerio de Agricultura de la Nación incorpora a los municipios como agentes facilitadores, pero hay requisitos que cumplir.

- El régimen de devolución de retenciones a productores de trigo y maíz implementado por el ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación habilita para recuperar el 100% de las retenciones a las exportaciones a quienes hayan producido hasta 800 toneladas de trigo y 1.240 de maíz, hayan vendido o no el cereal, ya que el mismo puede estar almacenado en los silos de un acopiador.

- Para estar en condiciones de recibir dicha devolución el productor tiene que haber emitido un certificado de depósito 1116A, un documento que queda registrado en la AFIP y la ONCCA.

- Quedan afuera de este mecanismo aquellos productores que mantienen el cereal en su campo, ya que el Estado no tiene constancia alguna de su existencia física.

- Una vez que el productor deposita su cereal en los silos de una acopiador, automáticamente recibe el certificado 1116A, que posteriormente cancela a través de otros dos documentos: 1116B o 1116C.

- "Nosotros utilizamos la figura del municipio para instrumentar esta operatoria, básicamente por dos cosas: para evitar demoras, y para que el dinero llegue lo antes posible a los productores", sostuvo ayer en diálogo con este diario, Oscar Solís, subsecretario de Agricultura de la Nación.

- Los requisitos que debe cumplimentar un productor para hacerse acreedor a la devolución de las retenciones son los siguientes:

 

* Estar inscripto en el Registro Nacional de Operadores. (Muchos productores han sido dados de baja).

 

* Haber cumplido con el Censo Agropecuario. (Quienes no lo completaron pueden hacerlo a través de la página web del ministerio de Agricultura, y tramitar la entrega de un certificado).

 

* Completar las declaraciones juradas (023 y 028) que aparecen en la página web de la ONCCA.

 

* Obtener en alguna delegación de la AFIP un libre deuda impositivo extendido a su nombre.

 

- Solís también aclaró que si llegaran a aparecer complicaciones con la entrega de los certificados del censo agropecuario, su ministerio decidiría obviar ese trámite.

"En la eventualidad que esto se complique lo vamos a obviar, porque lo que queremos es llegar rápidamente con las devoluciones a partir de abril. Por eso vamos a comenzar con las provincias del norte", manifestó el funcionario.

- Con el certificado de libre deuda expedido por la AFIP el productor se hará acreedor a la devolución del 100% de las retenciones. A manera de ejemplo: sobre 800 toneladas de trigo, le corresponderían 38.600 dólares.

- En cambio, si existiera deuda pendiente con la AFIP, la liquidación contemplará la misma y se liquidará la diferencia.

- Dado que la devolución se dividirá en dos partes: un primer pago del 70% en forma inmediata y el 30% restante antes de diciembre de 2010, en el caso que el productor registre deuda impositiva con el Estado la primera liquidación se hará por el 100% y en el segundo tramo se le descontará la deuda pendiente.

- Las devoluciones de los importes retenidos --comprendería a unos 23.000 productores en todo el país-- se harían a través de transferencias bancarias, directamente a la cuenta de cada productor.

- "Nuestra idea es que los municipios sean una especie de agentes facilitadores que reúnan la documentación de cada productor y la hagan llegar al ministerio. Un equipo formado por gente del ministerio, la ONCCA y la AFIP va a validar el trámite y aprobar la devolución de los fondos", explicó Solís. Una vez recepcionado el trámite por parte del municipio, este deberá entregar una constancia al productor y tendrá diez días de plazo para enviar la carpeta al ministerio de Agricultura.
-
El funcionario agregó que se desea "evitar que el trámite burocrático termine siendo una traba, como ha sucedido en otras oportunidades".

- En cuanto a los plazos de presentación, Solís aclaró que son 90 días hábiles desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la resolución conjunta del ministerio de Agricultura y el de Economía, el 1 de marzo último.

-La cifra involucrada en toda la operatoria podría rondar los 180 millones de dólares, según adelantó el funcionario.

- El monto de la devolución será de 187 pesos por tonelada de trigo declarada para la campaña 2009/2010, para quienes produzcan hasta 800 toneladas anuales.

Fuente: Agrositio

23/04/2010

 
 
 
 

 

Área Administrativa Área Contável Área Financeira Área Comercial Área Impositiva Área Legal
Agro Creativo | Asesoramiento Agropecuario • Avda. Rivadavia 13450- Ramos Mejía- Pcia Buenos Aires- Argentina • Teléfono: 011- 1531140429
sobre nós | area administrativa | area contável | area financerira | area comercial | area impositiva | area legal | clientes | descargas | links | blog | contato