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Monotributo

* Atención Monotributistas: Vencimientos Septiembre 2011. Pago, Recategorización y Declaración Informativa

Sr. Monotributista:

- Recuerde que durante el mes de Septiembre, además de la obligación de pago mensual, debe realizar la recategorización cuatrimestral y la presentación de la declaración jurada informativa cuatrimestral.

 

- 1.-Recategorización Cuatrimestral y Pago mensual

El 20 de Septiembre próximo, además del pago de la obligación mensual, vence el plazo para la recategorización correspondiente al segundo cuatrimestre del año 2011.

- La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante los últimos 12 meses calendarios y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.

- Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite.


¿Qué períodos abarca la presente recategorización?

 

Período a considerar

Vencimiento para la recategorización

Septiembre/2010 a Agosto/2011

20 de Septiembre/2011



¿Cómo debe realizarse la recategorización?

- La recategorización en el Monotributo es un trámite que se realiza con Clave Fiscal, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), accediendo al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario”  Monotributo” y seleccionando la opción "Recategorización".


¿ Cuando debe realizarse el pago de la nueva categoría?

-El pago de la nueva categoría corresponderá efectuarse desde el mes de Octubre de 2011. Vencimiento: 20 de Octubre de 2011.

 

 

2.- Declaración jurada informativa cuatrimestral

 

- La declaración jurada informativa cuatrimestral está referida a cada cuatrimestre calendario inmediato anterior y debe ser presentada por los sujetos monotributistas que:

a) se hallen encuadrados en las Categorías F, G, H, I, J, K o L o 

b) revistan la calidad de empleadores ¿Cómo debe realizarse la presentación?


- La presentación de la información se formalizará mediante transferencia electrónica de datos, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando al servicio con Clave Fiscal  "Sistema Registral", opción "Declaración de Monotributo Informativa"

 

 

  ¿Qué períodos abarca y cuando se presenta?

  

Período a considerar

Terminación de CUIT

Mayo/2011 a Agosto/2011

0-1

26/09/2011

2-3

27/09/2011

4-5

28/09/2011

6-7

29/09/2011

8-9

30/09/2011

 

Fuente: AFIP

16/09/2011

 
 
 
 

 

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